Modificaciones del Reglamento General y Código Disciplinario de la RFEF

El pasado lunes 11 de enero de 2016, se publicó la Circular nº 29 RFEF de la Temporada 2015/2016. Mediante la referida circular se comunicó que la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes aprobó definitivamente, en fecha 23 de diciembre de 2015, una serie de modificaciones del Reglamento General y Código Disciplinario de la RFEF. 

Las actualizaciones tanto del Reglamento General como del Código Disciplinario se encuentran disponibles en la página web de la RFEF desde el día 11 de enero. ¿A qué preceptos afectan dichas modificaciones? Las veremos a continuación.

 REGLAMENTO GENERAL

Se han modificado los siguientes artículos del Reglamento General:

  • Artículo 57. Se encuentra dentro del Título XI y en el mismo se definen las comisiones mixtas.
  • Artículo 58. Este artículo también hace referencia a las comisiones mixtas, pero en esta ocasión a su composición.
  • Artículo 121. Referente al número de licencias por equipos.
  • Artículo 124. Donde se recogen los períodos de solicitud de las licencias.
  • Artículo 157. En el mismo se regula el contrato de entrenador.
  • Artículo 173. Relativo a la baja por edad.
  • Artículo 223. Relativo a las disposiciones generales de la alineación de los futbolistas en los partidos, regulándose en el mismo el número mínimo de futbolistas.
  • Artículo 252. Se encuadra dentro del Título V, relativo a la organización económica de los partidos, y en él se recoge la cesión del terreno de juego.
  • Artículo 253. También dentro de la organización económica de los partidos, pero referido esta vez al reparto de beneficios.

En suma, como novedades más relevantes, se puede descarar el incremento de 6 a 8 licencias profesionales para la Segunda División «B». Además, se han modificado los requisitos para inscribir a jugadores en paro y otras cuestiones referidas a los árbitros y entrenadores.

CÓDIGO DISCIPLINARIO

En lo que respecta al Código Disciplinario, las modificaciones se han realizado a propuesta de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, y son las siguientes:

  • Artículo 68. Relativo a las conductas contrarias al buen orden deportivo.
  • Artículo 73. Donde se regula la represión de comportamientos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes.
  • Artículo 74. Sobre el correcto desarrollo de los espectáculos deportivos.
  • Artículo 86. En el que se establecen los deberes propios de la organización de partidos.
  • Artículo 89. Actos notorios y públicos que atenten a la dignidad y decoro deportivos.
  • Artículo 107. Represión pasiva de conductas violentas, xenófobas, e intolerantes.

Con la modificación de estos artículos se ha cambiado principalmente las sanciones sobre cierres parciales de las gradas, adecuándose las sanciones a las circunstancias concurrentes y a la gravedad de los hechos. Con ello se pretende conseguir soluciones proporcionales y justas en cada caso concreto.


En los siguientes enlaces se pueden acceder a las versiones actualizadas de los dos textos que han sido objeto de exposición en la presente entrada, así como a la Circular que anuncia sus modificaciones:

  • Circular nº 29 RFEF Temporada 2015/2016 (PDF)
  • Reglamento General de RFEF (PDF)
  • Código Dispciplinario RFEF (PDF)

Febrero de 2016.

© Alberto Díaz Hurtado, Abogado (autor)

 

 

 

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